por Irene Benito
25 años del Consejo de la Magistratura (III)
Este informe forma parte de un dossier con cuatro partes: una columna con un análisis histórico del Consejo de la Magistratura y otras dos investigaciones, una acerca de las cifras registradas en cada etapa de aquel órgano y otra respecto de una encuesta con concursantes.
Entre 1999 y 2006, el órgano encargado de destituir a los jueces y juezas nacionales y federales alcanzó una dinámica llamativa. Pero ese impulso se licuó a partir de 2007, y el Jurado llegó a pasar seis años inactivo entre 2017 y 2023. El caso del exjuez de Mendoza, Walter Bento, quitó las telarañas a una institución cuyo volumen de trabajo depende del Consejo de la Magistratura.
Walter Bento, juez federal N° 1 de Mendoza hasta noviembre, se convirtió en la decimonovena expulsión por mal desempeño que concreta el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación entre 1999 y 2023. En este lapso, al menos otros 10 integrantes de la judicatura renunciaron mientras su conducta estaba siendo juzgada en aquel ámbito. Cinco de los 34 procedimientos que en forma efectiva llegaron al Jurado acabaron en absoluciones que permitieron a los jueces y a la jueza continuar en sus cargos respectivos. En total, el Consejo de la Magistratura resolvió avanzar contra 48 integrantes de la magistratura nacional y federal durante sus 25 años de funcionamiento, pero, por razones diversas -dimisiones tempranas, jubilaciones y revisiones-, no siempre esos casos se tradujeron en una actuación del Jurado, que es el órgano que define si corresponde o no la destitución. Y lo cierto es que a partir de 2006 cayó de manera elocuente el nivel de actividad que aquella institución había logrado en los ocho años previos.
Si las cifras se dimensionan en términos absolutos, luce pobre el rendimiento de la institución incorporada a la Constitución en 1994 junto con y como contrapartida del Consejo, en particular porque en este cuarto de siglo que pasó ingresaron miles de denuncias a este segundo cuerpo. Sin embargo, hubo menos de una destitución por año (además de quitar el cargo, dicha decisión remueve los fueros y restantes privilegios inherentes a la judicatura). La decena de dimisiones acaecidas durante la sustanciación del “jury”, si bien comportan una desvinculación, también acarrean ventajas para los dimitentes, como el goce de una jubilación con el beneficio del 82% móvil en el supuesto de que aquellos reúnan los requisitos legales.
El volumen de trabajo del Jurado está supeditado a la voluntad del Consejo de la Magistratura, quien dispone de la potestad acusadora -abre o no el jury-. Y entre 2017 y 2023, por ejemplo, no hubo enjuiciamientos, situación que, sin perjuicio de la pandemia, coincide con el período de máxima politización del Consejo. El hecho de que el Jurado haya tenido una actuación tan módica se ve reflejado en su presencia institucional: a diciembre de 2023 ni siquiera posee una web propiamente dicha fuera de los resortes generales y en gran medida su comunicación pública depende del Consejo, órgano del que debería estar separado por completo en aras de los principios de imparcialidad y de objetividad. Esta falta de identidad y de autonomía impide cotejar el tamaño de la planta permanente y transitoria del Jurado, y entender con facilidad qué funciones cumple su personal mientras no hay procedimientos de destitución en trámite, es decir, durante la mayor parte del tiempo, al menos desde 2006.
Las 19 destituciones ordenadas por el Jurado bastaron para establecer la regla mayoritaria de que, si un juez o una jueza es enviada a esa instancia, muy probablemente se quede sin trabajo. En teoría, apenas el 14,7% de los procedimientos terminaron en un veredicto favorable a la defensa de la magistratura. De los registros verificados se desprende que lograron salir ilesos del Jurado los magistrados Ricardo Bustos Fierro (2000); Ricardo Lona (2004); Tomás Inda, María Beatriz Fernández y Rubén Omar Caro (2006), y Axel Gustavo López (2015). Según un estudio reciente del doctor en Derecho y académico de la Universidad Austral, Alfonso Santiago, pese a los bajones de productividad, el mecanismo del Jurado se ha probado sumamente efectivo en comparación con lo que pasaba en el país antes de su instalación y con las destituciones de magistrados y magistradas registradas en democracias como la de los Estados Unidos.
El organismo que define si echa o no a la judicatura está hoy integrado por dos representantes de la magistratura; dos del Senado; dos de la Cámara de Diputados y uno de la abogacía, con sus respectivos suplentes -los miembros son escogidos por sorteo con excepción del Congreso, que resuelve qué nombres envía siempre que la mitad provenga de la mayoría y la otra mitad de la minoría-. Esta composición se renueva año a año.
La norma original del Jurado data de 1997, y preveía una composición más numerosa -había una silla reservada para la Corte Suprema de Justicia de la Nación-; un mandato más largo y otros métodos de designación. Eso cambió con la enmienda legislativa controvertida de 2006, que también modificó el equilibrio en el Consejo de la Magistratura, remodelación que la Corte declaró inconstitucional durante 2021, es decir, 15 años después. Así fue que el Consejo volvió a su diseño anterior, pero el Jurado mantuvo los retoques impulsados por la entonces senadora oficialista -y luego dos veces presidenta y hoy exvicepresidenta- Cristina Fernández de Kirchner.
De la base de datos confeccionada a partir de la información oficial (que presenta algunos huecos) surge que dos tercios de los 34 procedimientos sustanciados por el Jurado corresponden al período “fundacional” 1999-2006, donde no hubo año sin veredicto. A partir de la reforma legal, perdió fuerza el cuerpo enunciado en el artículo 115 de la Constitución. El Jurado concluyó un juzgamiento en 2007; ninguno en 2008; uno en 2009 y uno en 2010; dos en 2011; ninguno en 2012 y en 2013; uno en 2014 y uno en 2015; tres en 2016 y uno en 2017. En ese punto se abre un paréntesis único: seis años sin trabajo de ninguna clase hasta que ingresó el caso de Bento.
¿Y qué es lo que pasó, en particular, entre 2017 y 2023? Hubo una falta de interés por la investigación de las denuncias nunca vista en el Consejo, que benefició, por ejemplo, a dos jueces federales de Comodoro Py tan controvertidos como Norberto Oyarbide y Rodolfo Canicoba Corral -respectivamente accedieron a la jubilación excepcional con el 82% móvil en 2016 y 2020-. Un artículo publicado en JusTA advertía en diciembre de 2022 que alrededor de 41 casos de posibles irregularidades estaban por caducar por el transcurso del plazo máximo de tres años previsto para impulsarlos. Tuvo que surgir una historia tan grave como la de Bento para torcer la inercia “antidepuración” del Poder Judicial de la Nación que se arraigó silenciosa y consistentemente en el Consejo de la Magistratura.
Destitución (8 de noviembre de 2023)
Destitución (17 de noviembre de 2017)
Archivo por renuncia (agosto de 2016)
Archivo por renuncia (5 de mayo de 2016)
Archivo por renuncia (3 de marzo de 2016)
Absolución (31 de marzo de 2015)
Archivo por renuncia (23 de abril de 2014)
Destitución (15 de diciembre de 2011)
Destitución (11 de marzo de 2011)
Destitución (25 de marzo de 2010)
Destitución (13 de agosto de 2009)
Destitución (17 de diciembre de 2007)
Archivo por renuncia (9 de noviembre de 2006)
Destitución (18 de octubre de 2006)
Absolución (15 de agosto de 2006)
Archivo por renuncia (8 de agosto de 2006)
Archivo por renuncia (19 de mayo de 2006)
Absolución (5 de abril de 2006)
Destitución (6 de marzo de 2006)
Destitución (3 de agosto de 2005)
Destitución (22 de junio de 2005)
Destitución (7 de junio de 2005)
Destitución (30 de mayo de 2005)
Destitución (14 de marzo de 2005)
Destitución (8 de junio de 2004)
Absolución (18 de febrero de 2004)
Destitución (29 de septiembre de 2003)
Destitución (30 de mayo de 2002)
Destitución (9 de mayo de 2002)
Archivo por renuncia (8 de marzo de 2001)
Archivo por renuncia (12 de octubre de 2000)
Absolución (26 de abril de 2000)
Destitución (30 de marzo de 2000)
Archivo por renuncia (16 de diciembre de 1999)