El gobierno oficializó las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla

por ACIJ

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ACIJ

Publicado el

2024-04-17

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Corte Suprema de Justicia de la Nación

¿Cómo sigue el proceso tras la publicación en el Boletín Oficial?


El Poder Ejecutivo dio a conocer a sus candidatos el mes pasado, pero recién ahora, con la presentación de sendos pliegos, se inicia el tratamiento formal de las propuestas hasta su aprobación o rechazo en el Senado.

A primera hora del lunes 15 de abril, el Ministerio de Justicia publicó en el Boletín Oficial las nominaciones del juez federal de instrucción, Ariel Lijo, y del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, Manuel García-Mansilla, para cubrir las vacantes de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En el mismo aviso, también se presentó un resumen de sus respectivos antecedentes académicos y profesionales.

Los pasos a seguir a partir de ahora están dispuesto por el Decreto 222/2003, dictado por el expresidente Néstor Kirchner, el cual reglamenta la facultad del presidente de nombrar jueces y juezas, establecida en el inciso 4 del artículo 99 de nuestra Constitución Nacional.

El proceso se compone de un mecanismo indirecto, en el cual las y los candidatos son nominados por el Ministerio de Justicia, y nombrados por el presidente, con acuerdo de dos tercios del Senado. Esto se combina con un momento de participación ciudadana en el que la sociedad civil puede presentar, por escrito, manifestarse a favor o en contra de las candidaturas.

Las etapas del proceso de nombramiento de jueces son las siguientes






¿Qué se necesita para ser juez de la Corte Suprema?

La Constitución Nacional, en su artículo 111, establece tres criterios mínimos para formar parte del Máximo Tribunal. Estos son:

  1. Ser abogado con al menos 8 años de ejercicio.
  2. Tener una edad de 30 años o más.
  3. Ser ciudadano argentino desde hace 6 años o más.

A su vez, del Decreto 222/03 se desprenden otros 5 principios de elegibilidad que complementan los anteriores:

  1. Aptitud moral.
  2. Idoneidad técnica y jurídica.
  3. Trayectoria.
  4. Compromiso con la defensa de los derechos humanos y valores democráticos.
  5. Independencia.

¿Cómo presentar observaciones sobre las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla?

El proceso de selección de jueces y juezas de la Corte habilita un mecanismo de participación ciudadana, mediante el cual la sociedad civil puede presentar avales o impugnar las nominaciones propuestas por el Ejecutivo. Estas posturas deben expresarse por escrito y de forma fundamentada ante la Dirección de Gestión Documental y Despacho del Ministerio de Justicia (Sarmiento 329, CABA) entre las 9:30 y las 17:00.

Lamentablemente, al día de la fecha, el Ejecutivo Nacional no ha dispuesto de una vía alternativa para que aquellas personas que tengan intención de expresarse, pero no dispongan de posibilidad de acercarse hasta la Ciudad de Buenos Aires, puedan hacerlo.

Los magistrados que integran la Corte Suprema son quienes tienen la última decisión sobre nuestros derechos y quienes poseen la capacidad de interpretar la Constitución Nacional, defendiendo (o no) un criterio de compromiso con los derechos humanos. Que la ciudadanía pueda hacer una evaluación consciente y pública sobre las aptitudes morales, de idoneidad, trayectoria, compromiso con los derechos humanos e independencia, de quienes aspiran a integrar el Máximo Tribunal constituye una instancia que fortalece y revitaliza nuestra democracia participativa. Por eso, es esencial invitar a quienes puedan y quieran acercarse a Sarmiento 329 (CABA) a expresar sus opiniones sobre las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

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