Juicio por jurados: la calidad del sentido común

por Juan Manuel Salas

Autor

Juan Manuel Salas

Publicado el

2024-02-20

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Justicias Provinciales

Entre 2015 y 2022, en Mar del Plata, se llevaron a cabo 26 debates con jueces populares


El análisis de los datos derivados de los enjuiciamientos realizados con la intervención de la ciudadanía marplatense destierra los prejuicios que genera este instituto “democratizador” del Poder Judicial. Fiscales, jueces y abogados opinan sobre la justicia que brindan los juicios populares, y el compromiso que asumen las personas llamadas a convertirse en jurados.

Hablar de juicio por jurados es entrar en un imaginario made in Hollywood de grandes casos con alegatos heroicos, cargados de retórica y frases memorables, que buscan que doce ciudadanos resuelvan el destino de un acusado, que definan si es culpable o no culpable. Y, en realidad, es exactamente así.

El abogado pampeano Gustavo Arballo, en su libro Brevísimo curso de derecho para no abogados, explica que en la Constitución tres veces se menciona el juicio por jurados: “en el artículo 24, que dice que ‘el Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos y el establecimiento del juicio por jurados’. Luego, en el artículo 75, inciso 12, al referir a leyes que debe dictar el Congreso, la Constitución concluye una enumeración con ‘las que requiera el establecimiento del juicio por jurados’. Y en el artículo 118: ‘todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego de que se establezca en la República esta institución’”.

En la provincia de Buenos Aires, se trata de una decisión del acusado, quien, en casos de delitos graves —es decir, con condenas superiores a los 15 años—, puede optar si quiere ser juzgado por jurados populares o por un tribunal técnico de tres jueces profesionales.

Un jurado está compuesto por doce personas y seis suplentes, con paridad de género y representación amplia de la sociedad, que son sorteadas entre quienes están inscritos en el padrón electoral, y tienen entre 21 y 75 años. Miembros de fuerzas de seguridad, funcionarios públicos electos o empleados del Poder Judicial, entre otros, no pueden ser miembros del jurado.

Para crear el jurado se sortean 48 personas. Luego, se presentan a las partes, quienes empiezan a hacer un proceso de selección basado en los intereses de su estrategia, y rechazan miembros hasta que quedan 12 titulares y 6 suplentes. Este jurado será anónimo durante la duración del juicio.

El jurado determinará si existió un delito y si la persona acusada es culpable. La pena será luego establecida por el juez, que está presente durante todo el proceso y los guía; les explica su papel y la terminología jurídica, y mantiene el orden del debate.

Finalmente, el jurado deliberará de forma secreta. Para que haya una condena, necesitarán que diez de los doce jurados estén de acuerdo. En el caso de una condena de prisión perpetua, es necesario que haya unanimidad. También es posible que la decisión del jurado quede “estancada”, lo que obligará a que se realice un nuevo juicio por jurados.

Más veredictos de culpabilidad en Mar del Plata

Según datos de la oficina central de Juicios por Jurados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, entre 2015 y 2022 (pandemia incluida) en territorio bonaerense se realizaron 534 juicios por jurados, en los que en 320 casos se halló culpable a la persona acusada y en 142 no culpable. Además, hubo 58 mixtos y 14 estancados que se tienen que hacer nuevamente.

En Mar del Plata, en ese período se realizaron 26 juicios por jurados (3 en 2015, 4 en 2016, 2 en 2017, 3 en 2018, 5 en 2019, 0 en 2020, 1 en 2021 y 8 en 2022), de los cuales en 17 se halló culpable a la persona acusada y en 7 no culpable. Además, hubo un caso mixto y uno estancado que se debe repetir. Las cifras indican que en el 65% de los casos los jurados populares de Mar del Plata hallaron culpable a la persona acusada, un promedio superior al de la provincia de Buenos Aires, que es del 59%. Este resultado refuta el prejuicio instalado de que el juicio por jurados es más “benévolo” para la persona acusada y de que los jurados populares “no se animan” a declarar culpable a alguien que tienen en la misma sala de debate.

El imaginario made in Hollywood se cumple. Los debates con jurados populares se realizan y cada vez son más los abogados defensores —sean particulares o no— que basan su estrategia en llevar su caso para que sea analizado por doce personas que fueron sorteadas, y que deben cumplir con el deber cívico de concluir si una persona acusada es culpable o no.

Eso sí, en Mar del Plata al menos, las salas de Tribunales aún no ofrecen las comodidades que se ven en las películas. La infraestructura necesaria para realizar juicios por jurados con mayor comodidad es una deuda del Poder Judicial.

Más calidad, más garantías

César Sivo es abogado penalista y profesor de Derecho en la Universidad Nacional de Mar del Plata. Desde 1992, cuando no existía ningún proyecto de juicio por jurados, en la práctica penal este académico comenzó a realizar simulacros con sus estudiantes.

“La calidad de justicia que se logra en un juicio por jurados es altísima, con garantías para todas las partes, aunque haya veredictos que puedan no satisfacer. Sin echar culpas, es innegable que el sistema de juicio por jurados es muy bueno y otorga justicia de altísima calidad”, dijo Sivo. El abogado, además, destacó que en tiempos de “descrédito de la Justicia, que sean los ciudadanos los que decidan si declaran culpable o no a otro ciudadano, descomprime y dota de legitimidad a una institución bastante vapuleada”.

Por otra parte, Sivo consideró: “los jurados populares son más independientes que los jueces, no son permeables a presiones, tienen una visión más cercana y sin prejuicios, no se contaminan. Los litigantes deben presentar la prueba y convencer; deben saber mostrar, cosa que en juicios con jueces técnicos muchas veces son ellos los que suplen deficiencias de las partes. Lo que los jurados piensan o sienten es lo que la sociedad vive en determinado momento: es lo que obliga a pensar culturalmente la información que esos veredictos arrojan. Las sentencias de los jueces no siempre se compadecen de lo que vive la sociedad por lo que sus fallos no reflejan necesariamente ese sentir”.

La abogada penalista Noelia Agüero, quien además representó a uno de los acusados en el juicio por jurados por el supuesto abuso sexual en el camping El Durazno, expresó categóricamente: “la calidad de justicia que se logra en un juicio por jurados es justamente eso, un juicio de calidad”.

“El juicio por jurados es estrictamente adversarial, es un freno al poder”, afirmó Agüero. Y agregó: “en un juicio por jurados no hay papeles, es lo que dice un testigo, lo que se muestra, mientras que los jueces técnicos muchas veces ya tienen una sentencia pre redactada, y más presiones sociales y políticas”. La abogada penalista concluyó que un juicio por jurados es mejor en todo sentido y el más garantista: “en la audiencia de selección de jurados ya arranca el juicio, y cada parte va a elegir a los integrantes del jurado que mejor les parezca. Es muy importante cómo se les dan las instrucciones, porque en función de eso van a decidir”.

El abogado Martín Bernat también representó a otro de los acusados en el debate por el supuesto abuso sexual a una menor en el camping El Durazno durante las celebraciones de Año Nuevo. Este fue el único juicio por jurados considerado nulo en Mar del Plata y que, por tal motivo, se deberá realizar de nuevo. Si bien para Bernat “ninguno de los sistemas en nuestra sociedad garantiza la justicia, que es un término muy abstracto”, considera que, entre todos, “el mejor es el juicio por jurados, es el que más cerca está de arribar a una decisión justa”.

“Se logra una justicia de mayor calidad porque son doce personas, que es un número más plural que el de tribunales técnicos y de la convergencia de sus opiniones se llevará a una mejor calidad de decisión. Son personas sacadas de distintos estratos sociales, con diferentes experiencias de vida”, dijo Bernat.

Se litiga en “español de verdad”

La magistratura y las fiscalías no deciden qué casos van a juicio por jurados, ya que es algo que solicita el imputado. Sin embargo, son imprescindibles para todo el proceso y su mirada deviene fundamental.

El fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, destacó que en los juicios por jurados “se legitiman las decisiones de la Justicia a través de la gente”. “En un juicio por jurados la verdad se respira: es informada por peritos, por testigos, por fiscales y por los defensores. Es una oportunidad para que la gente tenga una mayor cercanía con la administración del Poder Judicial, que entienda mejor cómo funciona la justicia y cómo hay que llegar a una sentencia”, consideró.

Para Fernández Garello, los juicios por jurados son no sólo una forma de legitimar, sino también de “actualizar” los mandatos que jueces y fiscales tienen, y que muchas veces reciben críticas. “El juicio por jurados ratifica las decisiones judiciales y esto le hace bien al Poder Judicial. En algunos casos, no solo es una relegitimación de la decisión judicial, sino, también, de lo que dice la ley”, opinó.

Roberto Falcone es juez del Tribunal Oral N° 2 de Mar del Plata y se mostró a favor del sistema del juicio por jurados porque, según apuntó, “implica como ningún otro una democratización en la administración de justicia”. Sin embargo, advirtió que la regla de valoración de la prueba de los hechos en un proceso penal dispara algunos problemas técnicos.

El magistrado consideró que uno de los mejores aspectos del juicio por jurados es “el respeto al constituyente y el consecuente compromiso del pueblo en el juzgamiento de pares”. Como crítica al sistema, Falcone observó: “lo peor es la falta de motivación explícita de cada uno de los votos que integran el veredicto y, frente a ello, la objeción de que tal motivación viene dada por las instrucciones del juez técnico es problemática. Puede decirse que la motivación y el razonamiento explicitados ofrecen, en las sentencias producidas en los juicios ante tribunales técnicos, la posibilidad de un contralor intersubjetivo de cada voto, analizando fortalezas y debilidades. Ello no es posible en el juicio por jurados”.

El titular de la Fiscalía N° 7, Leandro Arévalo, destacó que existe una necesidad de que el Estado transmita, informe y capacite a la ciudadanía respecto de cuáles son las virtudes de los juicios por jurados en cuanto a su aporte para el crecimiento democrático de la sociedad, y a la vigencia de los derechos y de las obligaciones. “Tal vez habría que hacer un control más celoso en lo que tiene que ver con cuestiones técnicas. Hay juicios por jurados en los que el ciudadano debe definir cuestiones legales”, expresó Arévalo. Y matizó: “pero, cuando la situación se limita a definir si [alguien es] culpable o no culpable, funciona muy bien”.

“El juicio por jurados fortalece el Estado de derecho, la democracia y la transparencia del Poder Judicial”, consideró el juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata, Federico Wacker Schroder. “Esto se refleja en cómo se transforma un ciudadano al participar como jurado: una vez que pasa por allí, entiende cómo es la responsabilidad con la que se analiza y decide un caso penal”, apuntó. Para el juez, es muy importante la posibilidad de que la ciudadanía “participe del sistema de administración de justicia en casos graves”.

El juez Wacker Schroder enfatizó que en los juicios por jurados aparece la utilización del lenguaje claro y, por eso, “se litiga en español de verdad”. “Los juicios por jurados mejoran la investigación y la prueba. Las partes tienen que presentar casos mucho más claros para que doce personas entiendan lo que está pasando”, afirmó.

En cuanto a temas pendientes, el juez también criticó la logística y la falta de información previa con la que cuenta la ciudadanía: “la gente tiene que saber que le puede tocar cumplir ese papel. Falta mucha educación en los colegios, en entidades barriales y en el periodismo”.

Más que una ficción

La película empieza con una citación para ser jurado en un caso gravísimo, es decir, para tener que decidir sobre la vida de alguien a quien acusan de algo. La primera respuesta es el rechazo, la queja y el insulto. Es intentar zafar, escapar, fugarse de la responsabilidad. Pero la película sigue: el día del juicio llega y algo en cada una de las personas que quedan seleccionadas como integrantes del jurado popular cambia, se transforma. Se vuelven parte del sistema judicial, jueces de los hechos que tienen que resolver sobre la vida de ese alguien que dicen que hizo algo. Culpable o no culpable. El veredicto que den, sea cual sea, es transformador para los jurados y también sana una cuota de desconfianza que hay con el Poder Judicial.

Los juicios por jurados no son solo parte del imaginario made in Hollywood: en Mar del Plata, dejaron la condición de ficción para transformarse en un derecho y en una obligación ciudadanas.


Juan Manuel Salas elaboró esta investigación en el ámbito del programa de Periodismo Judicial. Investigar con Datos y en Red desarrollado por el Foro de Periodismo Argentino, y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia durante 2023.


Las opiniones y puntos de vista de esta nota son responsabilidad de su autor/a y no necesariamente reflejan la posición de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

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