Sin código de ética

por ACIJ

Autor

ACIJ

Publicado el

2021-05-26

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Rendición de cuentasÉtica

El sistema judicial nacional se resiste a darse reglas de ética


El sistema judicial nacional se resiste a darse reglas de ética que regulen la conducta de sus miembros

¿Qué pueden y qué no pueden hacer los jueces, fiscales y defensores públicos? La pregunta carece de respuesta en la justicia nacional y federal. La ausencia de un Código de Ética Judicial se traduce en niveles bajísimos de sanción para los transgresores. La renuencia a llenar el vacío incluye un desconocimiento en la práctica de las pautas de los tratados internacionales.

Además de las escasas disposiciones de los códigos procesales, ¿cómo sabemos si un juez o fiscal actúa éticamente? Es una pregunta muy difícil de responder porque, a diferencia de la mayoría de los países y de algunas provincias argentinas, no existe un código de ética para la magistratura nacional. Hay algunas reglas relativas a los procedimientos, sobre todo vinculadas a las excusaciones y recusaciones, pero no un texto normativo que detalle las conductas permitidas y prohibidas a jueces, fiscales y defensores públicos de la Nación. A la vez, hay códigos internacionales cuya incorporación efectiva al ordenamiento local es debatida, como los Principios de Bangalore sobre Conducta Judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); el Estatuto Internacional del Juez de la Unión Internacional de Magistrados y el Código Iberoamericano de Ética Judicial (para mayor información, ver este artículo de Chequeado.com). En el Consejo de la Magistratura se debate hace años la necesidad de contar con un Código de Ética Judicial sancionado por ese órgano, pero, quién sabe los motivos, los consejeros nunca han llegado a tratar ninguno de los proyectos presentados.

Más allá de que con la incorporación con jerarquía constitucional del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, y de la Convención Americana de Derechos Humanos es plausible sostener que la conducta de los jueces argentinos debe ajustarse a ellos, hay que reconocer que nuestros órganos judiciales no los consideran vigentes, al menos en el plano de la ética. Y, entonces, no hay norma.

¿Cuál es la consecuencia de esta laguna normativa? Que, por un lado, los magistrados carecen de una hoja de ruta sobre qué deben y qué no deben hacer como consecuencia del cargo que asumieron, y, por el otro, que litigantes, partes y la ciudadanía en general tampoco pueden exigir ciertos patrones de comportamiento ni denunciar los casos de incumplimiento.

Rige una interpretación del Martín Fierro

Como puede verse gráficamente en nuestra sección sobre procesos disciplinarios, la bajísima tasa de sanciones impuestas a los jueces y fiscales obedece a numerosas razones, entre ellas la defensa férrea que hacen de sus colegas los jueces que forman parte del Consejo de la Magistratura. El resto de los consejeros parecen hacer caso a una consigna del Martín Fierro adaptada a las circunstancias: “no te hagas enemigo del juez”. A esas explicaciones hay que agregar la laguna normativa existente (vacío que se replica para fiscales y defensores oficiales), y la imposibilidad de determinar la conducta debida y prohibida, con las excepciones ya mencionadas.

El déficit de reglas éticas evoca otras carencias que, justamente, vienen a poner algún tipo de límites a los poderes del Estado (por dar algunos ejemplos, la falta de designación del Defensor del Pueblo, la falta de acuerdo para designar al Procurador General de la Nación, las fallas en las presentaciones de las declaraciones juradas). Es un escenario que crea privilegios indebidos porque, por ejemplo, los abogados tienen que seguir reglas éticas durante el proceso cuyas violaciones los jueces pueden identificar y remitir a los respectivos colegios profesionales para que examinen la conducta y, eventualmente, apliquen una sanción mientras que, a la inversa, no hay normas que regulen el proceder ético de los jueces y fiscales.

Prácticamente todos los poderes judiciales de América Latina cuentan con Código de Ética (ver informe comparado haciendo click aquí)

¿Por qué no podemos tener nuestro propio código de ética judicial en un país tan lindo como el nuestro?

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