Salvados por la campana

por Marcelo Giullitti Oliva

Autor

Marcelo Giullitti Oliva

Publicado el

2021-05-26

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Consejo de la MagistraturaDisciplina

Desde 2006, caducaron 245 denuncias sin investigación en el Consejo


Los procesos disciplinarios son una herramienta fundamental para la rendición de cuentas de las juezas y los jueces, aunque fueron utilizados históricamente para presionar a magistrados para que aceleren o frenen causas, y para blindar a aquellos jueces cercanos al poder político. Una de las formas de protección es posibilitar que las denuncias caduquen por el paso del tiempo, sin que sean investigadas, y sin consecuencias para las juezas y los jueces denunciados así como para quienes están encargados de su investigación.

Supongamos que ingresa una denuncia contra un funcionario de alto rango, cuya investigación recae en cabeza de otro funcionario. Supongamos, también, que dicha denuncia queda allí, sin importar su gravedad, guardada en un cajón. Continuemos nuestra suposición planteando el escenario de que, transcurrido cierto tiempo y sin mediar medida alguna, la denuncia es dejada sin efecto, y que no existe responsabilidad alguna ni para el denunciado ni para aquel que tenía a su cargo la investigación. Esta pequeña escena de suposiciones no se trata de un cuento de Borges, ni de un nuevo capítulo de Lovecraft Country: es una práctica extendida en el Consejo de la Magistratura de la Nación.

Una de las reformas que el Congreso aplicó en 2006 a la originaria Ley del Consejo de la Magistratura preveía que los procesos que investigaran la conducta de las juezas y los jueces no debían durar indefinidamente, en tanto ello configuraba una irrazonabilidad. Esto posibilitaba que las denuncias, por más intrascendentes que fueran, pudieran ser utilizadas como palancas de presión contra el Poder Judicial para condicionar la forma en la cual se resolvieran los casos, particularmente aquellos de naturaleza sensible para el poder político. Para esto se limitó a tres años el plazo de extensión de un proceso disciplinario con la indicación de que, una vez cumplido el término sin que el expediente haya sido tratado por la Comisión de Disciplina y Acusación, este debería pasar al plenario del Consejo para su inmediata consideración.

Sin embargo, como lo demuestran los datos publicados por el Consejo de la Magistratura, el establecimiento del plazo no sólo no sirvió para evitar que se utilizaran las denuncias como forma de presión hacia jueces y juezas, sino que creó un mecanismo para salvarlos aún de aquellas acusaciones que podrían tener sustento, sin que nadie investigue nada, y sin que por ello exista costo alguno para la persona denunciada o para quien tenía a su cargo la investigación. El Consejo interpretó la ley de manera de que la “consideración” del Plenario que esta exige se limitara a declarar su archivo, sin evaluar los méritos de la denuncia. Así, creó una herramienta de cajoneo de denuncias que posibilita una presión temporal sobre determinados magistrados, y la posibilidad de devolución de favores sobre aquellos que actúen en consonancia a las necesidades políticas.

La base de datos sobre denuncias cerradas publicada por el Consejo permite observar que, desde la reforma, el Consejo de la Magistratura permitió que 245 denuncias quedaran sin efecto por el paso del tiempo. Los grandes ganadores de este juego de impunidad fueron Norberto Oyarbide y Claudio Bonadío, los jueces más polémicos desde el regreso a la democracia, quienes fueron beneficiados en nueve ocasiones cada uno con el “olvido” de investigarlos por parte de las consejeras y los consejeros. Otros jueces beneficiados fueron bastante conocidos por la opinión pública: Carlos Vicente Soto Dávila, procesado por haber presuntamente cobrado coimas a acusados de narcotráfico para liberarlos o lograr beneficios en las causas que tramitaban ante su juzgado federal de Corrientes, fue salvado cinco veces; Carlos Alberto Rozanski, integrante de Justicia Legitima fue salvado cuatro veces, y Alberto Ize, acusado de defraudar a ANSES por cifras millonarias, fue salvado también cuatro veces.

También hay algunas coincidencias entre aquellos consejeros y consejeras “olvidadizos”. Encabeza la lista Jorge Candis, con un récord de 18 denuncias a su cargo que terminaron caducando. Le siguen de cerca el kirchnerista Ruperto Godoy y el radical Mario Cimadevilla con 16 denuncias caducadas, y la massista Graciela Camaño, con 14 denuncias caducadas, lo cual demuestra una utilización de este mecanismo que excede las banderías políticas.

Este mecanismo de presión y de protección indebidas mantuvo sus números en forma constante desde la reforma de la Ley en 2006, con picos de 46 y 42 casos en 2011 y 2012. Si bien se registra una tendencia descendente en la cantidad de casos caducados, la falta de mecanismos sancionatorios por parte del Consejo de la Magistratura para quienes investigan y posibilitan el vencimiento del plazo no permite sostener que esta práctica esté cerca de terminar. Si se cuentan en relación a la cantidad de denuncias por año, representan aproximadamente el 10%, lo cual es un número más que preocupante.

Los procesos disciplinarios son una de las pocas vías existentes de rendición de cuentas para jueces y juezas, y no deben ser utilizados ni para presionar a aquellos que resulten incómodos al poder político, ni para proteger a aquellos que sean más proclives a beneficiarlo. Para esto, es necesario terminar con esta forma espuria de la utilización de la herramienta y establecer consecuencias claras para quienes posibiliten que las denuncias caduquen.

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