por Ezequiel Nino
Semanas atrás, en la audiencia pública ante la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación en la cual Ariel Lijo defendió su candidatura expresó que debe crearse una secretaría especial para investigar el atentado a la AMIA. Esta es la transcripción de su intervención sobre el tema durante aquella sesión:
“En estos veinte años, tuve la oportunidad de intervenir en la investigación del atentado a la AMIA. En primer lugar, en la investigación de las irregularidades de la investigación del atentado de la AMIA; y en los últimos meses, en uno de los juzgados que estoy subrogando, en el atentado a la embajada, en el propio atentado terrorista. Pudimos avanzar en algunos aspectos que ya venían siendo materia de trabajo de los tribunales, pero se trabajó mucho en la desclasificación de informes, en el reordenamiento del archivo y en la reubicación de la documentación, y en el acceso a la información de las partes, en especial, el acceso a información de Inteligencia. Pero este no es el único episodio de terrorismo que sufrió nuestro país en los últimos años.
Esa experiencia, créanme, me permite asegurarles que es indispensable que en el ámbito de la Corte Suprema se cree una secretaría especial que investigue el atentado a la embajada que ocurrió en el año 1994. No solo para investigar lo que ocurrió en ese atentado, sino que hoy, en el mundo, hay mucha información respecto de esos episodios, de ese atentado, y también en la causa. Hay mucha información. Se sabe mucho más de las organizaciones que cometieron esos hechos; se sabe cómo fue financiado. Hay mucha información sobre quiénes fueron los autores y qué mecanismos utilizaron” [el resaltado me pertenece].
La apreciación resaltada por parte del candidato es muy confusa y no permite saber con ciencia cierta a qué se refiere. El atentado a la Embajada fue en 1992 y a la AMIA en 1994. Además, la Corte Suprema ya creó una Secretaría Especial para el caso de la Embajada por lo que la idea del juez parece referirse al caso AMIA y vale la pena analizarla bajo esa hipótesis. Más allá de esta confusión en la exposición es bien importante analizar la propuesta por diversos motivos.
Primero, porque se trata de una de las pocas propuestas que esbozó el candidato sobre cómo mejorar el funcionamiento de la justicia en caso de que asuma un cargo en la Corte Suprema.
Segundo, pone el foco sobre su actuación en la causa de AMIA que muchos analistas la consideran muy deficiente. Corresponde recordar que en 1997 la Corte creó una secretaría especial para investigar el atentado a la Embajada y designó al frente de la investigación al entonces titular de la Secretaría Penal, Esteban Canevari, quien se jubiló en 2018 y en su lugar fue designado Fernando Arnedo, actualmente a cargo de la causa. La creación de esta secretaría surgió como consecuencia de la obligación de instruir el expediente en el Alto Tribunal por ser de competencia originaria por tratarse de una delegación extranjera involucrada. Sugerir una decisión similar para un hecho que no tiene esa naturaleza jurídica es contrario al régimen jurídico y llamativo por parte de un magistrado con aspiración a un cargo en la Corte.
Por otro lado, quien actuó primero en la causa por el encubrimiento en la investigación pero fue apartado por la sala ad hoc integrada por los camaristas Jorge Rimondi, Rodolfo Pociello Argerich y Luis Bunge Campos fue justamente Ariel Lijo porque según sostuvieron los camaristas:
"Se advierte que el juez evita efectuar una completa merituación de los hechos imputados y una racional comprobación de su existencia a través del análisis conjunto de la prueba aunada al expediente.
En ciertos casos, se sopesan pruebas en sentido contrario al modo en que lo hiciera en anteriores intervenciones, sin explicar los motivos de tan rotundo cambio".
La Cámara ya había revocado el sobreseimiento dispuesto por Lijo en relación a los secretarios de Galeano, pero luego Lijo los volvió a sobreseer. En su momento, los jueces de la sala ad hoc anularon —en duros términos— el sobreseimiento de estos mismos imputados que había dictado antes Ariel Lijo y lo exhortaron a no realizar una valoración de las conductas descontextualizada y condescendiente. Pese a las claras directivas del tribunal superior y después de varias exhortaciones para que no dilate más la definición de la situación procesal de estas personas, Lijo insistió con no incluir a esos imputados dentro del grupo que eventualmente debía ir a juicio oral.
En cuanto a la causa que investiga el atentado a la Asociación Mutual, el juez se arrogó —durante la audiencia pública— numerosos avances en el esclarecimiento del hecho terrorista. Sin embargo, la causa se encuentra delegada desde siempre en la Unidad Fiscal para el Esclarecimiento del Atentado a la AMIA (UFI AMIA), dependiente del Ministerio Público Fiscal y el magistrado se ha limitado a autorizar las peticiones formuladas por el MPF.
En resumen, Lijo ha querido mostrarse en la audiencia pública del Senado muy interesado y avezado en las investigaciones de los atentados terroristas ocurridos en los ´90, pero tanto su experiencia en los trámites de ambos expedientes como sus reflexiones sobre las políticas que deberían llevarse adelante para esclarecer alguna parte de los sucesos revelan lo contrario a lo que quiso demostrar en exposición.