Género, igualdad y no discriminación para cubrir las vacantes en la Corte Suprema: ¿,lo discutimos en serio?

por Francisco Verbic

Autor

Francisco Verbic

Publicado el

2024-09-04

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Corte Suprema de Justicia de la NaciónGénero


El lunes 26 de agosto la Asociación Civil “Red Mujeres para la Justicia” presentó un recurso extraordinario por salto de instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el marco de un caso que pone sobre la mesa un debate crucial para el sistema de administración de justicia y la democracia argentina: la composición de género del máximo tribunal del país.

El caso, promovido junto con Amnistía Internacional Argentina, el Equipo Latinoamericano de Género (ELA) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), cuestiona la constitucionalidad de la postulación de dos varones por parte del Poder Ejecutivo Nacional para cubrir las vacantes existentes en la Corte, actualmente integrada en su totalidad por hombres. La demanda sostiene que estas postulaciones violan los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales, perpetuando una discriminación estructural contra las mujeres en el acceso a los más altos cargos del Poder Judicial, y provocando también la afectación de principios esenciales del sistema democrático.

El contexto es clave para entender la relevancia del caso y la necesidad de una urgente intervención de la Corte Suprema en el asunto: en toda su historia, la Corte solo ha tenido tres mujeres entre sus integrantes. Actualmente, ninguna. Y, además, una de las vacantes que se busca cubrir obedece a la renuncia de la última de ellas. En este contexto, postular dos varones para integrar un tribunal ya compuesto exclusivamente por hombres es regresivo y viola abiertamente los arts. 16, 37, 43, 75 inc. 22° y 23° de la Constitución Nacional, la CEDAW y la CADH, además del Decreto 222/03.

La relevancia política e institucional del caso es evidente. Una Corte Suprema sin mujeres no solo afecta la legitimidad y representatividad del máximo tribunal, sino que también envía un mensaje simbólico negativo sobre la capacidad de las mujeres para acceder a los más altos cargos públicos. Además, el accionar del Poder Ejecutivo implica una abierta violación por parte del Estado argentino de sus obligaciones internacionales en materia de igualdad de género y participación de las mujeres en los espacios de toma de decisión.

La urgencia del caso también es evidente. El proceso de designación de los candidatos está en marcha y en un estado muy avanzado, con las dos audiencias públicas en el Senado ya realizadas. Si la Corte no interviene de inmediato, se corre el riesgo de permitir la consolidación de una discriminación estructural de imposible reparación posterior (al menos, por unos cuantos años), dada la garantía de inamovilidad de los jueces una vez designados.

Ante la gravedad y trascendencia del asunto, hacemos un llamado a todas las instituciones y personas comprometidas con el sistema de administración de justicia, la igualdad de género, la no discriminación y el fortalecimiento del sistema democrático a presentarse ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos del artículo 9 de la Acordada CSJN 7/2013. Esta norma, recordamos, permite la intervención espontánea de terceros en causas que tramitan ante el máximo tribunal cuando se trata de asuntos de trascendencia o interés público.

La participación de organizaciones de la sociedad civil, personas expertas en derecho constitucional y derechos humanos, asociaciones de la magistratura, colegios de la abogacía, clínicas jurídicas, y profesoras, investigadoras o académicas especializadas, puede aportar argumentos valiosos para que la Corte tome una decisión informada y con plena conciencia de sus implicancias.

El plazo para presentarse es breve. No por la reglamentación, sino por la urgencia del asunto si queremos que el caso tenga una decisión en tiempo útil. Les invitamos a analizar el asunto y, en su caso, realizar las presentaciones correspondientes a la mayor brevedad posible para colaborar en el intento de generar un debate público, que entendemos de absoluta relevancia, sobre la composición de nuestro máximo tribunal y el rol de las mujeres en los espacios de toma de decisión dentro del Poder Judicial.

El caso tramita en el expediente “Recurso Salto Instancia Nº 2 - ASOCIACIÓN CIVIL CON PERSONERÍA JURÍDICA RED MUJERES PARA LA JUSTICIA Y OTROS c/ HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986” (CAF 010637/2024/2), Secretaría Judicial N°4 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y puede consultarse abiertamente en el portal web del Poder Judicial de la Nación.


Las opiniones y puntos de vista de esta nota son responsabilidad de su autor y no necesariamente reflejan la posición de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

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