Justo en San Justo

por Ezequiel Nino

Autor

Ezequiel Nino

Publicado el

2023-05-02

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Consejo de la MagistraturaCorte Suprema de Justicia de la Nación

La historia de dos Juzgados fallidos y de una no Cámara de Apelaciones.


San Justo es la capital de una de las jurisdicciones más pobladas de Argentina. Es partido cabecera del municipio de La Matanza que tiene una población aproximada de dos millones de personas. En 2007 el Congreso decidió crear juzgados y una cámara de apelaciones allí. Ya estamos en 2023 y aún no han sido habilitados. Lo que sigue es una crónica de una historia que sirve para ilustrar los problemas de institucionalidad de nuestra justicia.

Para empezar, el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado se tomaron cinco años para designar a los jueces. En la Cámara de Apelaciones fueron designados María Isabel Fulgheri, Eduardo Alonso y Alejandro Segura. En el juzgado Nro. 1, Alicia Perez y en el Nro. 2, Marcelo Dos Santos.

Cada uno de ellos se aprestó a comenzar las funciones para las cuales habían concursado pero descubrieron que el Consejo no tenía la misma idea. El problema alegado por el Consejo se encuentra en la dificultad de encontrar en San Justo un inmueble para que funcionen los tribunales. Según el Consejo, no hay justicia federal de La Matanza tal como determinó el Congreso, porque durante 14 años no lograron comprar unas oficinas allí.

Algunos movimientos se produjeron en la justicia para modificar la omisión. La CSJN dictó la acordada 32/16 en la que describe que instó en distintas oportunidades al Consejo de la Magistratura para que adopte las medidas necesarias para poner en funcionamiento los juzgados y cámaras de apelaciones en los que ya se designaron magistrados. Además de San Justo, Goya (Corrientes) y Moreno (Buenos Aires) se encontraban en la misma situación. En Goya empezó a funcionar el juzgado en 2018 y en Moreno hay idas y vueltas que impiden su funcionamiento pleno (su situación merecería un análisis por separado). En dicha acordada, la Corte relata que el Consejo de la Magistratura informó que se encuentran previstos y efectivamente disponibles los créditos necesarios para afrontar los gastos correspondientes para la habilitación de estos tribunales.

A su vez, María Isabel Fulgheri, en su carácter de jueza designada, inició una acción de amparo contra el Consejo para que pongan en funciones el juzgado en San Justo. Esta causa tuvo sentencia de Cámara en octubre de 2019. En la resolución la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal estableció que:

“... las alegaciones del accionado referidas a los diversos trámites iniciados con el fin de adquirir un inmueble, y las complejas exigencias técnicas que dicha labor demandaría, no resultan suficientes para modificar la solución adoptada toda vez que, por el contrario, confirman la responsabilidad que le corresponde por el cumplimiento de las previsiones de la ley 26.246 y, a su vez, no alcanzan para justificar el excesivo e irrazonable tiempo transcurrido sin que se lograse su cometido, al menos en lo que al objeto de aquellas gestiones se refiere”.

En la parte resolutiva la Cámara confirmó el pronunciamiento del juez de primera instancia que exhortó al Consejo de la Magistratura de la Nación a que diera cumplimiento con su obligación de dotar de recursos presupuestarios, de infraestructura y de los materiales necesarios para posibilitar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispusiera –en su oportunidad– la habilitación de los Tribunales Federales de San Justo creados por la ley 26.246.

La jueza sin juzgado había apelado también la sentencia al considerar insuficiente que solo haya “exhortado” al Consejo y no le haya impuesto plazos. Sostuvo el tribunal que alcanza con el principio de plazo razonable de cualquier proceso y que imponer un plazo estricto vulneraría la división de poderes.

Actualmente, Folghieri cumple funciones como jueza provincial de Buenos Aires en la localidad de San Nicolás y, por ahora, no logró su cometido de convertirse en jueza federal. Más allá del análisis que se pueda hacer de la decisión judicial , lo cierto es que estamos a más de tres años de la sentencia y todo sigue igual que cuando se inició el pleito. El plazo razonable al que se refirió la Cámara se encuentra más que cumplido no solo por la decisión parlamentaria de 2007 sino también porque han transcurrido más de tres años desde la resolución judicial.

Desde JusTA presentamos un pedido de acceso a la información pública para que el Consejo explique la actual situación en relación a los juzgados y la Cámara de Apelaciones de San Justo. A pesar de que hubo una respuesta por parte del Consejo, ello no refleja los motivos por los cuales la situación al día de hoy se mantiene.

Consejo de la MagistraturaCorte Suprema de Justicia de la Nación

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