¿Por qué no se nombran fiscales?

por Ezequiel Nino

Autor

Ezequiel Nino

Publicado el

2021-11-09

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Ministerio Público FiscalConcursos

Según información del Ministerio Público Fiscal, el 45% de los cargos de las fiscalías existentes se encuentran vacantes.


Víctimas de delitos ejercidos con violencia piden justicia en movilizaciones populares y redes sociales, cientos de miles de mujeres marchan con la consigna “Ni Una Menos” porque hay un femicidio cada 40 horas y por el aumento de la trata de mujeres y niñas, el narcotráfico como delito federal penetra cada día más las fronteras y afecta la salud pública de una parte de la población, los delitos de cuello blanco siguen mayoritariamente impunes…

Y así podemos seguir y seguir.

Para todo esto, sería importante ampliar la capacidad del sistema de justicia. O, al menos, utilizar la existente.

Por la crisis las industrias tienen capacidad instalada no utilizada. La justicia tiene un problema similar pero no por falta de presupuesto (pues presupuesto previsto tiene) sino porque, por motivos que vamos analizando desde JusTA, no se designan autoridades judiciales. En esta nota contamos que no se designan jueces o juezas de Tribunales Orales Criminales. Ahora vamos a focalizarnos en la falta extendida de designación de fiscales en el Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Vayamos a los números, ya que son contundentes. Según números provistos por el MPF como respuesta a una solicitud de información pública, de las 334 fiscalías existentes, actualmente 153 están vacantes, es decir algo más del 45%.

De esas, 14 se encuentran a estudio del Poder Ejecutivo y 35 se encuentran en trámite de concurso. Es decir que 104 vacantes ni siquiera fueron convocadas a concurso.

Entre las vacantes sin cubrir hay 16 de Tribunales Orales Criminales de CABA, 4 fiscalías ante el fuero Penal Económico y muchas fiscalías en regiones del país actualmente muy sensibles. Así, por ejemplo, hay tres fiscalías federales vacantes en Rosario cuyos titulares debieran estar actualmente combatiendo el narcotráfico.

O en la fiscalía federal de Bariloche, jurisdicción en el que se debate la legalidad de asentamientos de pueblos originarios. Hace poco renunció la fiscal federal subrogante, quien es la secretaria de la fiscalía. Este ejemplo, de evidente actualidad, ilustra muy gráficamente el perjuicio que ocasiona al servicio de justicia no contar con funcionarios titulares en sus cargos, quienes tienen otro tipo de responsabilidad. No solo es una cuestión de tiempo disponible para la función (los subrogantes generalmente tienen otro cargo del que ocuparse) sino, principalmente, de independencia, autoridad y capacidad.

Advertimos también que no están cubiertos varios de los cargos de fiscales en Jujuy y Salta, justamente las dos jurisdicciones pioneras en el cambio de procedimiento al sistema acusatorio (se han cumplido ya dos años desde que en esas provincias empezó la transformación).

En un país en el cual la criminalidad económica es un problema de tanta trascendencia, que haya vacantes en tres de los cuatro Tribunales Orales en lo Penal Económico y en cuatro de los once juzgados es de una gravedad inusitada. Seguramente es este uno de los motivos por los cuales no se persiguen delitos de guante blanco en nuestro país.

En la nota sobre la escasez de jueces de Tribunales Orales en lo Criminal explicamos que casi la mitad de los cargos se encuentran vacantes. En cuanto a las fiscalías ante esos Tribunales, hay 16 vacantes sobre 30 cargos.

Surge de la respuesta que nos brindó el MPF que hay ocho cargos en la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) que no están cubiertos. Esto afecta gravemente las investigaciones de irregularidades administrativas y corrupción en el ámbito de la Administración Nacional. En línea con el flagelo de la corrupción, está vacante el cargo de fiscal ante la Cámara Federal Penal de Comodoro Py.

En conversaciones informales con distintos integrantes del Ministerio Público surgió como explicación a este problema la pandemia que dificultó la consecución de los concursos y la provisionalidad del Procurador Interino Eduardo Casal. Ambas son explicaciones muy poco convincentes. Por un lado, la experiencia del Consejo de la Magistratura demostró que se pudieron continuar los concursos durante buena parte de la pandemia adaptando distintas partes de los trámites. Por el otro, la ciudadanía no puede esperar a los tiempos que requiere conseguir la mayoría de 2/3 del Senado establecida para designar a una o un Procurador General en los términos que contempla la Constitución y la Ley Orgánica del MPF. Por eso, la ley contiene la previsión de que la función la cumpla un funcionario transitorio y la responsabilidad de los concursos es de jurados designados por sorteo cuya tarea no debería modificarse si no hay titular permanente.

Como en el caso de los y las integrantes de Tribunales Orales, en el Ministerio Público también se da la particularidad de que quienes subrogan estos cargos no presionan para que se aceleren los concursos debido a que cobran un 30% más por su función adicional y existe la posibilidad de designar auxiliar fiscales. En tiempos en los que ese plus genera un salario total en mano de casi un millón de pesos, es comprensible que no haya muchas quejas de parte de quienes se encuentran realizando funciones en las fiscalías vacantes.

A su vez, más allá de que existen regulaciones para las designaciones de fiscales subrogantes, la enorme cantidad de posiciones a cubrir le permiten al actual Procurador un margen más amplio de discrecionalidad sobre quienes serán los que tomen transitoriamente el rol. Si el argumento de que no se inician concursos es la provisionalidad del Procurador General, son mayores las facultades que adquiere ese funcionario en la designaciones de subrogantes.

En resumen, se trata de una situación muy grave de la cual la sociedad civil tendrá que tomar acciones de incidencia. Seguiremos contando las novedades que se produzcan.

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