por Irene Benito
En la plataforma de comunicación social creada por la Corte de la Nación hay 169 notas vinculadas al juez federal porteño N° 4
El Centro de Información Judicial (CIJ) fue uno de los emblemas del período del ministro Ricardo Lorenzetti en la presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2007-2018). Y Ariel Lijo, juez criminal y correccional federal N° 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y candidato del presidente Javier Milei para el máximo tribunal del país, tuvo allí un perfil alto no sólo por la difusión de sus resoluciones, sino también por su involucramiento en diferentes iniciativas de reflexión sobre la imagen pública del Poder Judicial. Entre 2008 y 2022, el CIJ publicó 169 piezas referidas al magistrado de Comodoro Py.
Aunque la función y desempeño del Centro entraron en revisión cuando el ministro Carlos Rosenkrantz asumió como presidente de la Corte, y sigue sin haber un consenso acerca de su destino, la plataforma de comunicación social conserva los archivos de su antigua época. Allí se pueden consultar las noticias donde Lijo aparece como generador de la información o como implicado por decisiones emitidas por órganos revisores. También hay piezas de tipo institucional que exhiben reflexiones del juez, viajes (por ejemplo, a Alemania y al Vaticano), participaciones en reuniones del fuero, y comunicados y aclaraciones.
Al observar este cúmulo de publicaciones se puede conocer qué dijo Lijo en el CIJ, pero, también, qué dice el CIJ sobre Lijo. Son datos que cobran relevancia dadas las barreras para acceder a datos relativos a los procesos —sensibles y no— a cargo del magistrado; al hecho de que aquel no haya concedido entrevistas a periodistas independientes desde que Milei lo candidateó para la Corte y a los cuestionamientos que enfrenta por su desempeño en el Juzgado N°4. En definitiva, este portal oficial ofrece la oportunidad de conocer el pensamiento y la acción del postulante del Gobierno para la cumbre del Poder Judicial de la Nación.
La primera incursión del juez está contenida en una nota titulada “Debaten el acceso de ONG en juicios contra funcionarios”, que refleja el espíritu de apertura con el que había nacido el CIJ. Se trata de una publicación del 22 de octubre de 2008. En ese momento, Lijo ya llevaba cuatro años en el cargo que aún ejerce en Comodoro Py (tras ser ternado por el Consejo de la Magistratura de la Nación, fue designado por el Senado en 2004 en virtud de una propuesta del presidente Néstor Kirchner). Esta pieza inaugural relata que organizaciones de la sociedad civil, entre ellas ACIJ (entidad editora de JusTA) representada por el cofundador Ezequiel Nino, habían pedido conocer el trámite y las vicisitudes de las denuncias penales que involucran al poder político. La nota informa que entonces había “38 expedientes en la mira”.
El CIJ consigna la existencia de diferentes criterios relativos a la publicidad de los procesos en la Justicia Federal y de la Nación. Y cita a Lijo como un juez que está de acuerdo con excluir la mirada de la sociedad “en la primera parte” -la investigación- del trámite. “Según el titular del juzgado criminal y correccional federal nº 4, Ariel Lijo, nos encontramos ante una colisión de derechos: por un lado, el derecho de la ciudadanía a controlar los actos de gobierno y, por el otro lado, el derecho de un ciudadano -inocente- sometido a un proceso penal a no ser difamado sin fundamento y que se proteja su intimidad”, refiere la publicación. Y agrega: “en la causa ‘Cedisa SA y otros s/ negociaciones incompatibles’, Lijo asegura: ‘el legislador ha resuelto esta cuestión, a mi juicio, satisfactoriamente. En un primer momento del proceso, la balanza se inclina a favor del derecho a la intimidad de la persona sometida a juicio y, luego, en una segunda etapa la solución se toma a favor del derecho civil de la ciudadanía de controlar las decisiones de los magistrados que, en esta fase, serán -por cierto- definitivas. De esta forma, y por los propios fundamentos del derecho penal, la publicidad es allí una garantía más del imputado’".
La cuestión de la relación de la Justicia con la prensa y de la transparencia de la función judicial aparece tratada con la intervención de Lijo en otras crónicas, como “Jueces analizan la política comunicacional del Poder Judicial”; “Lorenzetti: ‘La información es un bien público que debe estar a disposición de los ciudadanos’”; ”Jueces y periodistas analizaron la relación entre ‘Justicia y Medios’”, y “El CIJ presenta su publicación ‘Justicia Argentina Online. El nuevo modelo comunicacional’”. En esta temática el juez N° 4 es tratado como una referencia en la materia. De hecho, integra el equipo de magistrados convocados a escribir en la primera edición de la obra “Justicia Argentina Online. La mirada de los jueces”.
En el ensayo aportado a “Justicia Argentina Online”, Lijo llama al CIJ a aferrarse a una visión institucional y a no caer en la tentación personalista. “Lo que debe dar a conocer el CIJ son los actos dictados por los jueces, no a los jueces. Es claro que uno no existe sin el otro, y que uno no tendría función si no pudiera realizar el otro, pero lo central a nivel institucional son los actos y no los actores, puesto que el CIJ no se trata de una página de promoción personal. El portal debería ser una herramienta para que la Corte Suprema resalte su imagen institucional y no resultar un medio para que los jueces se den a conocer. Para ello, es necesario que los jueces posean sentido de responsabilidad en la información que comunican, es decir, a qué le otorgan relevancia para comunicar al CIJ”, dice. Lijo fue un visionario puesto que este uso del portal para iluminar a algunos e invisibilizar a otros resultó uno de los argumentos esgrimidos contra la gestión de Lorenzetti para, a partir de 2018, reducir su operación a una expresión mínima.
Al menos en los primeros 10 años de vida, la selección de contenidos del CIJ funcionó con esta lógica: la magistratura proponía y enviaba “novedades” para su publicación, o la dirección del portal solicitaba la información a la magistratura. Se supone que tales piezas debían reflejar el trabajo más relevante realizado en términos de impacto social e institucional. Lijo mismo describe esa dinámica en su ensayo para “Justicia Argentina Online”. Ya fuera que él enviara las resoluciones o que se las pidieran, el análisis del material disponible en el sitio referido a la labor del juez puede ser visualizado en la tabla incluida a continuación.
El cuadro muestra que, en el período de mayor actividad del CIJ, las noticias referidas a Lijo estuvieron esencialmente orientadas a difundir medidas investigativas de causas a su cargo y autos de procesamiento (decisiones que establecen que hay pruebas suficientes para mantener la pesquisa abierta). En los 14 años que abarca este estudio, el CIJ publicó cinco resoluciones de Lijo que dispusieron la elevación a juicio oral de causas con trascendencia pública. Se trata de los procesos contra el expresidente Carlos Menem, el exjuez federal Juan José Galeano y otros por el encubrimiento de la investigación de la causa AMIA; contra el exvicepresidente Amado Boudou y otros en el caso “Ciccone”; contra el exdirector de la Casa de la Moneda, Armando Gostanián, y otros por el cobro de sobreprecios; contra miembros de la Superintendencia Federal de Bomberos por incumplimientos en la búsqueda del cuerpo de Lucas Menghini Rey tras la tragedia ferroviaria de Once y contra personal del Centro de Atención al Usuario (CAU) de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) por irregularidades en el trámite de reclamos de servicios telefónicos.
En cuanto a los temas, los contenidos del CIJ exhiben que los asuntos de Lijo que más publicidad recibieron fueron actuaciones vinculadas a las investigaciones del caso “Ciccone” y de otras denuncias ligadas al exvicepresidente Boudou; de casos por crímenes de lesa humanidad y, luego, dos procesos derivados del atentado contra la AMIA. Entre otras cuestiones, las restantes notas abordaron movimientos en causas de financiamiento de campañas políticas; de otros funcionarios públicos; de narcotráfico; de contrabando y de trata de personas con fines de explotación sexual. Pero ningún desempeño de Lijo recibió tanta atención y cobertura por parte del CIJ como el registrado en el expediente “Ciccone”.
En función de la política del portal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se supone que las decisiones y los temas emanados del juez N° 4 en el portal de la Corte fueron los que, al menos durante el período 2008-2018, más interesaban a la ciudadanía. Como no hay datos disponibles que permitan contrastar qué cantidad de casos y qué asuntos quedaron fuera del radar del CIJ, es difícil saber cuán representativa es la muestra respecto del universo de procesos encomendados a Lijo. Pero de las constancias del portal se desprende una conclusión: Lijo siempre manejó causas incómodas para el poder político de turno, pero en los pocos casos sensibles difundidos por el CIJ en los que impulsó detenciones y juicios orales, estas decisiones llegaron tras el cambio del signo político de la Casa Rosada, es decir, cuando tales avances contaban con el visto bueno tácito de los gobernantes.