
por Irene Benito
Al menos un fiscal, Ramiro Gonzalez, cumplía funciones en la entidad futbolística sujeta a una megainvestigación judicial
Tras lograr que varios jueces federales renunciaran a sus puestos en la organización deportiva, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia presentó un pedido ante el procurador general Eduardo Casal para que los fiscales también se aparten. La Corte de la Nación aún no se expidió sobre el asunto.
La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ, entidad editora de JusTA) extendió su campaña para separar a las autoridades del sistema judicial de los intereses privados del fútbol profesional. En una nueva petición en esta ocasión dirigida al procurador general de la Nación interino, Eduardo Ezequiel Casal, ACIJ solicitó el cese inmediato de las funciones que los fiscales desempeñan en los tribunales internos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). Esta organización es cuestionada por el manejo de cientos de millones de dólares en diferentes causas en trámite en los Tribunales.
La nota dirigida a Casal ingresó a finales de diciembre en la Mesa de Entradas de la Procuración y lleva la firma de Celeste Fernández, codirectora de ACIJ. El documento desarrolla los fundamentos sobre los que se apoya la necesidad de prohibir que los miembros del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPFN) sean a la vez parte de la cúpula de la AFA. Y precisa que, según consta en los registros oficiales, el fiscal Ramiro González actualmente integra el Tribunal de Ética de la entidad futbolística sujeta a una megainvestigación judicial (N. de la R.: González refirió este 18 de febrero de 2026 al diario La Nación que había abandonado su puesto en la AFA hacía “dos meses” y que se lo había comunicado a Casal. Pese a ello, el fiscal todavía aparece como miembro de Ética de la entidad). González había trascendido en 2025 por ofrecer una fiesta fastuosa, que reavivó los debates acerca de su patrimonio.
El pedido relativo a los fiscales tiene como precedente la solicitud previa del mismo tenor que ACIJ había formulado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si bien el máximo tribunal aún no contestó de manera formal, el pedido surtió efectos prácticos puesto que, tras su divulgación periodística, varios jueces federales que integraban los tribunales de la AFA presentaron sus renuncias a la dirigencia deportiva. Primero se conoció la dimisión de Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara de Casación Federal para 2026, que presidía el Tribunal de Ética de la AFA, y de Juan Ignacio Pérez Cursi, titular de la Cámara Federal de Mendoza y exárbitro de la Cámara Nacional de Resolución de Disputas de la AFA. Luego se apartó Ricardo Sanjuan, camarista federal tucumano, que formaba parte de Ética de la AFA. Antes de la presentación de la nota de ACIJ ya se había marchado del Tribunal de Disciplina el juez federal de San Martín, Néstor Barral. De la entidad deportiva que lidera Claudio Tapia también se retiraron Martín Peluso, juez en lo Criminal y Correccional porteño, y Esteban Mahiques, funcionario de la Cancillería.
Respecto del MPFN, ACIJ advirtió que la actuación de fiscales en los tribunales internos de la AFA configura una actividad profesional y está, por ende, prohibida. El artículo 58 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (27.148) establece: “[l]os integrantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación no podrán ejercer la abogacía ni la representación de terceros en juicio, salvo en los asuntos propios o en los de su cónyuge, ascendientes o descendientes, o bien cuando lo hicieren en cumplimiento de un deber legal... Alcanzan a ellos las incompatibilidades que establecen las leyes respecto de los jueces de la Nación”. “Al remitirnos a la normativa aplicable a jueces y juezas, encontramos que el Decreto-ley 1.285/58 dispone en el artículo 9 una prohibición clara y categórica, al establecer que ‘[e]s incompatible la magistratura judicial con [...] la realización de cualquier actividad profesional, salvo cuando se trate de la defensa de los intereses personales, del cónyuge, de los padres y de los hijos...’”, indicó la codirectora Fernandez.
La nota dirigida a Casal precisa que la integración de tribunales internos de AFA supone la realización de tareas propias de la profesión jurídica, toda vez que quienes forman parte de ellos revisan expedientes, investigan antecedentes, analizan pruebas, celebran audiencias y dictan resoluciones sancionatorias (título IV, N, del Estatuto de la AFA, artículos 48-50 del Código Disciplinario de la AFA). “La naturaleza profesional de la actividad se evidencia, de hecho, en el requisito de ser abogado para ocupar la presidencia y la vicepresidencia de estos órganos jurisdiccionales (artículo 62 del Estatuto de la AFA), exigencia razonable siendo órganos encargados de la resolución de conflictos”, refiere el documento.
Otro argumento legal invocado por ACIJ surge del artículo 8, inciso (m), del Reglamento para la Justicia Nacional, que dispone que los magistrados (y, por la remisión que hace la normativa vigente, también los fiscales) no pueden participar “en asociaciones profesionales [...] ni en comisiones directivas de ninguna asociación, sin autorización de la respectiva autoridad de superintendencia”. “Por lo tanto, debería exigirse —para cualquier fiscal que pretendiera ocupar este tipo de cargos— una autorización del Procurador General de la Nación (...). Es preciso destacar que no surge del sitio web del Ministerio Público Fiscal que se hayan otorgado autorizaciones para integrar estas entidades”, dice la solicitud.
El espíritu del inciso (m) del artículo 8 debe ser interpretado en el sentido de que los jueces y los fiscales podrían asociarse a entidades privadas (por ejemplo, integrar un club de fútbol para poder concurrir a los partidos de su equipo), pero no dirigirlas, representar intereses particulares, ni formar parte de órganos con poder decisorio, precisamente para preservar la independencia del sistema de justicia frente a intereses privados. “El objetivo de la norma es garantizar la independencia en la actuación del Poder Judicial y del Ministerio Público, por lo que se ha considerado necesario evitar que quienes lo componen adopten roles de conducción, influencia o decisión dentro de asociaciones civiles, salvo que demuestren a su autoridad de superintendencia que dichas funciones no afectarían de ninguna manera el desempeño y cargo de la magistratura”, expresa ACIJ.
La petición advierte que la AFA maneja intereses económicos masivos que involucran a medios de comunicación, empresas de apuestas y contratistas. La participación de funcionarios judiciales en este esquema podría generar las siguientes situaciones perjudiciales:
Conflictos de interés: Riesgo de que la labor del MPFN se vea influenciada por vínculos con actores del sistema del fútbol.
Afectación de la confianza pública: La mera integración de estos cuerpos compromete la apariencia de imparcialidad, independientemente de si el fiscal interviene o no en causas vinculadas a la AFA.
Beneficios indebidos: los cargos de la AFA, aunque sean desempeñados ad honorem, pueden facilitar el acceso a entradas, viajes y hospitalidades de alto valor que erosionan la neutralidad.
Basándose en las Directrices de las Naciones Unidas sobre la Función de los Fiscales, ACIJ solicitó a la Procuración General disponga el cese de los representantes del MPFN que hoy integran la AFA, y adopte medidas para evitar que estas situaciones se repitan en aras de preservar el deber de objetividad y la confianza pública. Con las recientes renuncias de los jueces como precedente, la presión sobre el Ministerio Público Fiscal para que regularice esta situación es ahora mayor que nunca.
Esta nota fue actualizada tras su publicación.
Las opiniones y puntos de vista de esta nota son responsabilidad de su autora y no necesariamente reflejan la posición de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.